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“Sesquicentenario de la Epopeya Nacional 1864 - 1870”













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                  Misión: “Legislar y controlar acorde a la representación departamental y capital, para la consolidación del estado social de derecho”.
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                         Artículo 30.- En  caso  de  acefalía  total  de  la  Mesa  Directiva  de  la  Cámara,  la
                  Presidencia  será  desempeñada  por  el  Presidente  de  una  de  las  Comisiones
                  Permanentes  de  Asesoramiento,  en  el  orden  en  que  están  enumeradas  en  este
                  Reglamento.

                         Si la acefalía fuere, además, permanente, se procederá de inmediato a la elección
                  de  las  nuevas  autoridades  de  la  Cámara,  las  que  cumplirán  el  tiempo  que  faltare  del
                  período correspondiente.

                         Artículo 31.- El Presidente representa a la Cámara y es jefe administrativo de la
                  misma.

                         Son sus deberes y atribuciones especiales:

                         a)  Observar  y  hacer  observar  la  Constitución  Nacional,  las  Leyes  y  este
                  Reglamento;

                         b)  Citar  a  los  Diputados,  llamarles  a  la  sala,  abrir  las  sesiones,  pasar  a  cuarto
                  intermedio y levantar las sesiones;

                         c) Dirigir los debates;

                         d) Conceder o negar la palabra, según corresponda;

                         e)  Disponer  las  votaciones,  anunciar  el  resultado  de  ellas  y  proclamar  las
                  decisiones;

                         f) Llamar a los Diputados al orden y a la cuestión;

                         g)  Llamar  al  orden  a  los  Diputados  en  casos  de  ausencias  injustificadas  y
                  reiteradas a las sesiones y comunicar a la Cámara esta situación si persistiere;

                         h)  Suspender  la  sesión  o  levantarla  en  caso  de  desorden,  cuando  sus
                  amonestaciones sean desoídas;

                         i) Convocar a sesiones extraordinarias;

                         j) Suspender una sesión ordinaria convocada, cuando no hubiere proyecto de ley
                  dictaminado o cuando circunstancias excepcionales así lo aconsejen;

                         k) Ordenar el trámite de los asuntos;

                         l) Recibir juramento de los Diputados, y cuando corresponda, de los funcionarios;

                         m) Prohibir la entrada a la barra de personas cuya presencia, a su juicio, no fuere
                  conveniente para el orden, la dignidad y el decoro de la Cámara;

                         n) Hacer cumplir las disposiciones relativas a la barra;

                         ñ) Disponer lo necesario para la policía de la casa y para el mejor orden, arreglo y
                  buen servicio de la Secretaría Administrativa;

                         o) Nombrar, ascender y remover al personal administrativo;

                         p) Presentar anualmente el ante-proyecto de presupuesto;
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                                   Visión: “Un Poder Legislativo fortalecido y comprometido con la sociedad”.
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