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“Sesquicentenario de la Epopeya Nacional 1864 - 1870”
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Misión: “Legislar y controlar acorde a la representación departamental y capital, para la consolidación del estado social de derecho”.
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c) Cooperar con el Secretario General Administrativo para el buen desempeño de
sus funciones;
d) Organizar, disponer y verificar la distribución en el día de los proyectos de leyes,
correspondencia y todo otro documento que llegare a la Cámara para los Diputados; las
comunicaciones de urgencia deberán anticiparse por teléfono a los Diputados;
e) Distribuir el orden del día a los Diputados, al menos veinticuatro horas antes de
la sesión;
f) Verificar las versiones taquigráficas;
g) Organizar el servicio de intendencia de la casa;
h) Distribuir el personal de sala;
i) Controlar el funcionamiento de la Biblioteca; y,
j) Realizar los demás trabajos y cumplir las instrucciones del Secretario General
Administrativo.
CAPÍTULO 2
DEL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Artículo 211.- El Director General de Administración y Finanzas depende
jerárquicamente del Presidente de la Honorable Cámara de Diputados.
Artículo 212.- Corresponde al Director General de Administración y Finanzas:
a) Confección de las planillas de remuneraciones de los Diputados, así como la
planilla de salarios del personal;
b) Firmar conjuntamente con el Presidente de la Honorable Cámara de
Diputados todas las solicitudes de transferencias de Recursos de Sueldos y Gastos;
c) Planificar, conjuntamente con el Presidente, Secretario General Administrativo,
Auditor, Asesor Jurídico, Directores Generales, Directores y Jefes de Departamentos,
acerca de las actividades a ser realizadas por las dependencias de la Cámara de
acuerdo con los objetivos y políticas establecidos y a los recursos disponibles en la
Honorable Cámara de Diputados;
d) Elaborar, los requerimientos de bienes (máquinas, equipos, materiales, útiles
de oficinas, etc.) y de servicios, para ser incluidos en el Programa Anual de
Contrataciones, conforme a los pedidos de las distintas reparticiones;
e) Autorizar, conjuntamente con el Presidente de la Honorable Cámara de
Diputados, la adquisición de bienes y servicios para la Honorable Cámara de
Diputados, conforme al Programa Anual de Contrataciones de acuerdo al Presupuesto
General de la Nación y a las normas y procedimientos vigentes;
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Visión: “Un Poder Legislativo fortalecido y comprometido con la sociedad”.
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