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“Sesquicentenario de la Epopeya Nacional 1864 - 1870”
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Misión: “Legislar y controlar acorde a la representación departamental y capital, para la consolidación del estado social de derecho”.
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20.- De Ciencia y Tecnología.
21.- De Energía y Minería.
22.- De Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático.
23.- De Bienestar Rural.
24.- De Equidad Social e Igualdad de Derechos del Hombre y la Mujer.
25.- De Deportes.
26.- De Pueblos Indígenas.
27.- De Entes Binacionales Hidroeléctricos.
28.- De Asuntos Migratorios y Desarrollo.
29.- De Juventud y Bono Demográfico.
30.- De Familia y Personas Adultas Mayores.
31.- De Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
32.- De Niñez y Adolescencia.
33.- De Control y Seguimiento de Inversión de Empréstitos, Donaciones y Emisión
de Bonos.
34.- De Asuntos Electorales.
35.- De Reestructuración y Modernización del Estado.
36.- De Protección y Bienestar Animal.
Cada una de las comisiones estará integrada por no menos de seis miembros ni
más de nueve, con excepción de las comisiones de Presupuesto y la de Asuntos
Económicos y Financieros, que estarán integradas hasta quince miembros.
Todos los diputados tienen el derecho y la obligación de formar parte de una o
más comisiones.
Artículo 137.- Corresponde a la Comisión de Asuntos Constitucionales dictaminar
sobre todo proyecto o asunto que interprete o reglamente la Constitución Nacional o
pueda lesionar los principios de la misma, y aquellos que versen sobre la legislación
electoral, ciudadanía y nacionalidad.
Artículo 138.- Compete a la Comisión de Asuntos Económicos y Financieros
dictaminar sobre todo asunto o proyecto de ley relativo a materia tributaria, a régimen
bancario, monetario y cambiario, a la deuda pública y a cuanto se refiera al patrimonio del
estado y a la política económica nacional.
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Visión: “Un Poder Legislativo fortalecido y comprometido con la sociedad”.
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